El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) expide cuatro tipos diferentes de documentos de viaje:
- Permiso Adelantado
- Documento de Viaje de Refugiado
- Permiso de Reingreso
- Documentos de Transporte
Si usted tiene una emergencia y necesita viajar fuera de Estados Unidos, puede consultar la seccion Viajes de Emergencia para detalles adicionales.
Advertencia
Si usted ha estado en los Estados Unidos ilegalmente, podrá estar sujeto a una prohibición de admisión si sale de EE.UU., aun cuando se le haya emitido un Documento de Viaje. Para más información, vea la Sección 212(a)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
Si usted es un asilado que solicitó asilo en o antes del 1 de abril de 1997, su estatus de asilado puede ser cancelado si regresa al país desde el cual estaba buscando protección. Para más información vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB) (en inglés).
Permiso Adelantado
Un Permiso Adelantado le permite viajar de regreso a Estados Unidos sin tener que solicitar una visa. Una compañía de transporte (aerolíneas) podría aceptar un documento de permiso adelantado en lugar de una visa como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de permiso adelantado no remplaza a su pasaporte.
Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de permiso adelantado no garantiza que se le permitirá el reingreso a Estados Unidos. En el aeropuerto o la frontera, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) tomará la decisión final sobre si le permitirá reingresar a Estados Unidos.
El permiso adelantado se utiliza más comúnmente cuando alguien tiene en trámite un:
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus: Si mientras su Formulario I-485 está en trámite usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, USCIS denegará su caso a menos que usted cualifique en una limitada excepción para personas que tiene ciertos estatus de no inmigrante.
- Formulario I-589, Solicitud de Asilo y para Suspensión de Remoción: Si usted es un solicitante de asilo y tiene el interés de viajar fuera de Estados Unidos y regresar, debe solicitar y recibir un permiso adelantado. Si usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, entenderemos que usted ha abandonado su solicitud de asilo.
Documento de Viaje de Refugiado
USCIS emite documentos de viaje de refugiado a personas que tienen estatus de refugiado o asilado, y a residentes permanentes que obtuvieron su Tarjeta Verde a a base de su estatus de refugiado o asilado.
Usted tiene que tener un documento de viaje de refugiado para regresar a Estados Unidos si:
- Tiene estatus de refugiado o asilado, pero no es un residente permanente legal (posee una Tarjeta Verde, Green Card),
- Tiene el estatus de asilado o refugiado derivado.
Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de EE.UU., es posible que no pueda reingresar a Estados Unidos, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración.
Para más información, vea el enlace “Hoja informativa: Viajar fuera de los Estados Unidos como solicitante de asilo, Asilado, o Residente Permanente Legal que obtuvo ese estatus basándose en estatus de Asilo” (PDF, 45 KB)(en inglés)
Permiso de Reingreso
Los residentes permanentes o condicionales deben solicitar un permiso de reingreso si desean salir de Estados unidos por un año o más. Mientras el permiso de reingreso sea válido, se le permitirá solicitar admisión a Estados Unidos sin tener que obtener previamente una visa de reingreso a través de la embajada o el consulado de EE.UU. Vea la página del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, para obtener información sobre cómo solicitar este permiso.
Documento para Transporte
Si actualmente está en Estados Unidos, tiene disponible inmediatamente una visa de inmigrante en las categorías de EB-1, EB-2, y EB-3, y cumple con ciertos otros Los documentos para transporte permiten a las líneas aéreas u otros medios de transporte abordar a residentes permanentes que han estado fuera de Estados Unidos temporalmente y cuyas Tarjetas Verde o Permisos de Reingreso fueron robadas, extraviadas o destruidas. Si usted es residente permanente en esa situación, puede que presentar el Formulario I-131A. Para más información, vea el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Transporte) .
Fuente: USCIS
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