La decisión favorece a cientos, quizás miles, de inmigrantes amparados bajo el programa humanitario que están casados con ciudadanos estadounidenses o tienen hijos estadounidenses mayores de edad, y viven en los estados que abarcan las jurisdicciones de las cortes de apelaciones del 6º y 9º circuitos.
La Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA) falló a favor de un dictamen de 2017 que permite a ciertos beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) convertirse en residentes legales permanentes.
La decisión favorece a cientos, quizás miles, de inmigrantes amparados bajo el programa humanitario que están casados con ciudadanos estadounidenses o tienen hijos estadounidenses mayores de edad, y viven en los estados que abarcan las jurisdicciones de las cortes de apelaciones del 6º y 9º circuitos.
La sentencia señala “el asunto HGG (como se conoce la causa), se dirige a los destinatarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) y su elegibilidad para ajustar el estatus bajo la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad”.
Esta decisión, añade, “reafirma la posición de larga data del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) de que los beneficiarios de TPS mantienen el estatus legal como no inmigrantes solo durante el periodo en que el TPS está en vigencia”.
Detalles del fallo
La BIA advirtió, sin embargo, que “una concesión de TPS no confiere una admisión, ni cura ni afecta de otro modo cualquier falla previa para mantener continuamente un estado legal” de permanencia en Estados Unidos.
Sin embargo, puntualiza, “el asunto HGG también dice que, debido a que los Tribunales de Apelaciones de Estadios Unidos para los circuitos 6 y 9 han sostenido que una concesión de TPS proporciona la admisión necesaria para fines de ajuste”.
El tribunal también ordenó al personal de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) que de seguimiento a estas decisiones, pero “solo esas jurisdicciones respectivas y en ese específico problema”. Y sobre la cuestión de si una concesión de TPS absuelve un estado ilegal anterior, la BIA dispuso que “el personal de USCIS aplicará la tenencia en materia de HGG universalmente”.
Personas que viven en otros estados “también pueden cambiar de lugar de residencia a uno de los estados de las jurisdicciones 6 y 9 y beneficiarse del dictamen”, dijo Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Angeles. “California, por ejemplo, requiere que la persona demuestre al menos seis meses de residencia continua para demostrar que es un californiano”, agregó.
“La decisión confirma que tener TPS es una entrada legal solo en los circuitos 6º y 9º de la Corte de Apelaciones, pero no en el resto del país. Es una buena noticia”, añadió Gálvez.
Además, dijo, “respeta y reconoce la distinción en las varias regiones”, en referencia a dos jurisdicciones de la Corte de Apelaciones.
El 9o Circuito lo integran los estados y territorios de Alaska, Hawai, Guam, California, Oregon, Washington, Montana, Idaho, Nevada, Arizona y las Islas Marianas del Norte.
El 6º Circuito lo integran los estados de Missouri, Wisconsin, Indiana, Illinois, Kentucky y Tennessee.
Gálvez dijo además que los beneficiarios del TPS deben recordar que, “una entrada legal a Estados Unidos es el 50% de la residencia permanente (green card o tarjeta verde)”, y quienes tienen este privilegio “no tienen que salir del país para ajustar su estado migratorio”.
“Lo único que necesita para completar el otro 50% es un cónyugue ciudadano o hijo ciudadano de más de 21 años, y carecer de cualquier problema que lo declare inadmisible en Estados Unidos”, añadió.
El primer fallo
En 2017, la Corte de Apelaciones del 9º Circuito falló a favor de una demanda que permite a ciertos inmigrantes indocumentados amparados por un TPS convertirse en residentes legales permanentes.
El dictamen confirmó la decisión adoptada por el juez de distrito Thomas Zilly en el caso entablado por el salvadoreño Jesús Ramírez, quien argumentó que al haber recibido el TPS en 2001, el gobierno federal estadounidense legitimó su entrada legal a Estados Unidos.
Los extranjeros que buscan convertirse en residentes legales permanentes en Estados Unidos, la ley requiere que sea admisible. Y el principal requisito es que el individuo haya entrado legalmente al país y demostrar permanencia continua.
“Los cónyuges o hijos estadounidenses, beneficiarios según la ley, pueden presentar una Petición de Familiar Extranjero a través de un Formulario I-130, junto con el ajuste de la residencia por medio del Formulario I-485”, dijo Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona.
Hernández dijo además que la decisión tomada en primera instancia por la Corte de Apelaciones del 9º Circuito en el 2017 ayudó a miles de inmigrantes con TPS, entre ellos salvadoreños, nicaragüenses y hondureños que viven en la jurisdicción del tribunal.
Un año antes, la Corte de Apelaciones del 6º Circuito había emitido un dictamen similar.
Qué pasa en los otros circuitos
La Ley de Inmigración establece que los extranjeros que no tienen o no demuestran tener una entrada legal al país, o no han sido inspeccionados al momento de ingresar y sus cónyuges le piden la residencia, deben salir para un trámite consular.
«El fallo de la BIA es claro y sólo beneficia a los beneficiarios de TPS en los estados de las jurisdicciones de los circuitos 6 y 9. Si el cónyuge ciudadano o el hijo ciudadano mayor de edad pide la residencia para el esposo o el padre, sencillamente el servicio de inmigración le negará el trámite porque no califica», dice José Guerrero, un abogado de inmigracion que ejerce en Miami, Florida.
«Y en el caso que salgan del país sin un perdón o un permiso especial, no podrán regresar a Estados Unidos y perderán todos sus beneficios de permanencia», agregó.
“Si salen y no tienen un Perdón 601-A, en algunos casos deberán esperar 10 años fuera antes de poder reingresar”, advirtió Hernández. “Por eso es tan importante esta decisión, porque la Corte dice que el inmigrante, al recibir el TPS el gobierno legaliza la entrada al país”.
La denominada Ley del Castigo sanciona con tres años fuera del país si la permanencia indocumentada pasa de los 180 días, y con 10 años si la presencia no autorizada pasa de los 365 días.
El perdón 601-A permite a un extranjero salir y, luego del trámite consular, regresar al país con una visa para tener un registro de entrada legal y con ello ajustar su estatus de permanencia.
Autor: Jorge Cancino
Leave a Comment